Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – Los inspectores de la Dirección de Obras Municipales








Santiago


mailcontacto@modulor.cl
 




modulor






Los inspectores de la Dirección de Obras Municipales podrán ser

acompañados por miembros designados por la Superintendencia del Cuerpo de Bomberos,
debidamente acreditados. Será deber del propietario mantener el edificio o local accesible y
expuesto a los propósitos de la inspección.

El entorpecimiento de la labor de inspección periódica, el entrabamiento

al libre acceso de los citados funcionarios y la constatación de infracciones a las normas
contenidas en el presente Título que impliquen un riesgo no cubierto, será motivo suficiente
para aplicar lo prescrito en el artículo 1.3.1. de la presente Ordenanza.

 

anteriorsiguiente




Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


ARQUITECTURADISEÑOCONSTRUCCION

WWW.MODULOR.CL

2018