Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – impacto de las emisiones de polvo y material








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1. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:

a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se
realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo
optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes
recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple
las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos
molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos,
para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material
hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y
mezcla.

El Director de Obras Municipales podrá excepcionalmente eximir del cumplimiento
de las medidas contempladas en las letras a), d) y h), cuando exista déficit en la disponibilidad de agua en la zona en que se emplace la obra. No
obstante, estas medidas serán siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas
en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado,
en conformidad a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

2. Se prohibe realizar faenas y depositar materiales y elementos de trabajo en el
espacio público, excepto en aquellos espacios públicos expresamente autorizados
por el Director de Obras Municipales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.

3. Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la
obra. Cuando en dicho espacio existan árboles y jardines, deberá mantenerlos
en buenas condiciones y reponerlos si corresponde.

 

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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