Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – Disposición transitoria del D.S. Nº115 – D.O. 02.09.99








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Disposición transitoria del D.S. Nº115 – D.O. 02.09.99

Artículo transitorio.- Lo dispuesto en el artículo 4.1.10. incorporado a la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones por el artículo único del presente decreto, comenzará
a regir una vez transcurridos 180 días corridos desde la fecha de publicación de este decreto
en el Diario Oficial.

Fija plazo para cumplir requisitos que indica D.S. Nº75 – D.O. 25.06.01

Artículo 1° Transitorio.- En predios actualmente destinados por el Plan Regulador correspondiente
a alguna clase o escala de equipamiento, se entenderán admitidas las clases o
escalas de equipamiento que correspondan conforme al artículo 2.1.36. de la Ordenanza General

de Urbanismo y Construcciones.

Artículo 2° Transitorio.- Cuando los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes a la
fecha de entrada en vigencia del presente decreto se refieran a densidad bruta, o a densidad
neta, las superficies se considerarán de acuerdo a las definiciones del artículo 1.1.2.

Cuando los Instrumentos de Planificación Territorial mencionados

precedentemente no contengan normas sobre tipo de densidad, ésta se calculará conforme a
la densidad neta.

Artículo 3° Transitorio.- Las modificaciones introducidas por el presente decreto a la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones comenzarán a regir una vez transcurridos 60
días desde la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial.

Disposición transitoria del D.S. Nº33 – D.O. 20.04.02

Artículo 1º Transitorio.- El procedimiento de aprobación de los Planes Reguladores Comunales,
de sus modificaciones y enmiendas, reglamentado en la Ordenanza General de Urbanismo
y Construcciones, modificado por el artículo único del presente decreto, regirá para dichos

Instrumentos de Planificación Territorial que inicien su proceso de aprobación a partir de la
fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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